viernes, 26 de agosto de 2016

ciudadania y participacion, derechos

HISTORIA DE LA CIUDADANIA




El termino ciudadano proviene del romano “civis” y éste de “civitas” – ciudad o conjunto de habitantes.

Para los griegos la ciudad era lo más importante. Pertenecer a ella le hacía ciudadano. Pertenecer a la Polis (ciudad). Se vivía para la Polis (ciudad), mostrando interés en ella. El peor castigo era el exilio: ser expulsado de la ciudad.

Para los romanos la ciudadanía era un “honor”. Era un honor ser “ciudadano romano”. La mayor aportación del Imperio Romano ha sido el Derecho. 






Para los griegos, así como para los romanos, la ciudadanía se definía en términos de obligaciones y derechos. El derecho a la ciudadanía estaba restringido a un grupo de la población: los hombres libres.

Con la revolución francesa el habitante de la ciudad o Estado adquiere los derechos de la ciudadanía por el simple hecho de habitarla. Así el súbdito pasa a ser ciudadano, es decir, como protagonista del acontecer político.

En los Estados liberales burgueses y con el triunfo del capitalismo industrial, se extiende la participación de los ciudadanos a través del sufragio. El ciudadano es el sujeto político, poseedor de un estatuto que le confiere derechos civiles y de participación política por parte del Estado.

El concepto de ciudadanía se ha ido ampliando como resultado del desarrollo social y civil del Estado democrático. El estatuto de ciudadano en la segunda mitad del siglo XX es a su vez resultado del progreso civil (extensión hacia las mujeres y los jóvenes), social (Estado del Bienestar) y político (mecanismos de participación y representación más amplios y eficientes) (Borja, 2008).


Parece indudable que este progreso ha entrado en crisis. Por un lado, en el ámbito del Estado-nación surge la dificultad de mantener el Estado del Bienestar. 

Derechos civiles y políticos, o derechos cívicos, son los derechos que protegen las libertades individuales de su quebrantamiento ilegal (represión) por parte del poder (sea el de los gobiernos o el de cualquier otro agente político público o privado), y garantizan la capacidad del ciudadano para participar en la vida civil y política del Estado en condiciones de igualdad, y sin discriminación.

Derechos civiles son los reconocidos a todos los ciudadanos por la ley; y en ello se distinguen de los derechos humanos y de los derechos naturales. Los derechos civiles son concedidos dentro de un Estado, mientras que los derechos naturales o los derechos humanos son internacionales.

Los derechos políticos constituyen la primera porción de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 (así como los derechos económicos, sociales y culturales comprenden la segunda parte). La teoría de las tres generaciones de derechos humanos considera a este grupo de derechos como los "derechos de primera generación", y la teoría de los derechos negativos y positivos (libertad negativa y positiva) los designa como derechos negativos. No obstante, en cuanto los derechos sociales o positivos se justifican en la reparación de deficiencias que obstaculizan gravemente el ejercicio de la plena condición de ciudadano, son también "civiles", al tener su correspondiente definición precisa en la contrapartida de una obligación establecida por parte de los poderes públicos.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 incluye el "derecho de libre determinación" de "todos los pueblos". Los llamados "derechos colectivos", por oposición a los "derechos individuales", están entre los "derechos de tercera generación" según la teoría de las tres generaciones de derechos.

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